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Ciberacoso laboral Ciberacoso laboral

Hablemos acerca del ciberacoso laboral!

Qué debe saber acerca del ciberacoso laboral?

Anteriormente hablábamos sobre el Acoso Digital o Ciberacoso y sus diferentes tipologías, las cuales, seguramente han sorprendido a muchos que no se habían percatado que este tipo de ataques de manera repetitiva, hiriente y amenazante que podía llegar a su vida por medio de las redes sociales, aplicaciones de mensajería, plataformas de juegos, a través de cualquier dispositivo móvil o de escritorio afectando a miembros del núcleo familiar, amigos e, inclusive, hasta a compañeros del trabajo (el ciberacoso laboral también es una realidad) debido a la magnitud (cuando se vuelven virales este tipo de acciones pueden incluir a millones de personas) y a la ubicuidad (están en muchas plataformas) del mismo!

 

 

¿El ciberacoso es tan sólo un juego de niños?

Para muchos adultos, el acoso no se quedó en el colegio o la universidad, ha sido una constante que los ha perseguido toda la vida! Así las cosas, con el auge de los medios digitales y la convergencia de los mismos con la vida diaria, este flagelo ha llegado a todas partes, incluyendo el ambiente laboral. En el trabajo el acoso se puede ver desde 6 modalidades diferentes (dado que desde 1999, las ordenes o mensajes de datos por medios electrónicas tienen equivalencia funcional respecto a una orden tradicional, este tipo de casos se pueden convertir fácilmente en ciberacoso):

  • Maltrato laboral,
  • Persecución laboral,
  • Discriminación laboral,
  • Entorpecimiento laboral,
  • Inequidad laboral,
  • Desprotección laboral.

 

Lo anterior está tipificado en Colombia bajo la ley 1010 del 2.006 que establece cómo detectarlo:

“Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”.

 

 

No todo es ciberacoso laboral

Cómo era de esperarse, no toda discrepancia en el ambiente laboral tiene que convertirse en un caso de acoso, así se trate de una conducta realizada a través de un medio conectado. Por lo mismo, existen ciertos parámetros o directrices validas y cobijadas por la ley colombiana que, se deben tener en cuenta al respecto para no incurrir en falsas acusaciones:

  • Los actos destinados a ejercer la potestad disciplinaria que legalmente corresponde a los superiores jerárquicos sobre sus subalternos,
  • La formulación de exigencias razonables de fidelidad laboral o lealtad empresarial e institucional,
  • La formulación de circulares o memorandos de servicio encaminados a solicitar exigencias técnicas o mejorar la eficiencia laboral y la evaluación laboral de subalternos conforme a indicadores objetivos y generales de rendimiento,
  • La solicitud de cumplir deberes extras de colaboración con la empresa o la institución, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles en la operación de la empresa o la institución;
  • Las actuaciones administrativas o gestiones encaminadas a dar por terminado el contrato de trabajo, con base en una causa legal o una justa causa, prevista en el Código Sustantivo del Trabajo o en la legislación sobre la función pública.
  • La solicitud de cumplir los deberes de la persona y el ciudadano, de que trata el artículo 95 de la Constitución.
  • Las exigencias de cumplir con las estipulaciones contenidas en los reglamentos y cláusulas de los contratos de trabajo.

 

¿Qué hacer respecto al ciberacoso laboral?

Hay que tener en cuenta que existen muchas perspectivas en la intimidación o ciberacoso:  la del acosador, acosado y la del espectador. Este último muchas veces cumple un rol no tan pasivo, ya que suele ser el agente viralizador que le dan tracción a este contenido que termina por atemorizar, enfadar, humillar y hasta por generar efectos catastróficos en la víctima y su buena honra!

Por lo mismo, es menester tomar cartas en el asunto rompiendo la cadena por medio de acciones simples, como por ejemplo:

  • Lo primero es que las reglas deben ser claras, comunicadas y explicadas para que se entiendan y se apliquen,
  • Hay que recordar que detrás de cada perfil, generalmente, hay un colaborador, una persona que tiene sentimientos y trabaja para ganarse el sustento diario,
  • Generar las capacitaciones del caso en temas de de ciudadanía digital y el uso seguro de las herramientas (incluidas las opciones para compartir información, bloquear y reportar),
  • Enseñar a los empleados y colaboradores a cortar la cadena de miseria generada en línea. Si alguien envía material que daña, vulnera o viola la intimidad de otro, no reenviarlo ni compartirlo, proceder a denunciarlo frente a recursos humanos, el comité de convivencia y, de ser necesario, frente a las autoridades competentes,
  • Crear una conciencia colectiva: pensar dos veces antes de compartir, validando si el contenido es verdadero, si va a ayudar o empeorar una situación, va a ser inspirador, es necesario y, sobre todo, reflexionar sobre el efecto que va a tener dicha publicación,

Tal como lo dice Unicef: Debemos ser cuidadosos y no compartir o decir cosas que puedan herir a otras personas.

 

¿Cómo evitar el ciberacoso laboral?

Se debe tener en cuenta es que la capacitación a los empleados y colaborares es fundamental, no sólo a nivel del reglamento, políticas empresariales, contractuales y  hasta legales. Vale la pena recordar que en muchos casos, el uso de los medios conectados a nivel corporativo suele ser un privilegio (no un derecho) que se le otorga a cada empleado.

Además, se deben generar métodos y procedimientos para la denuncia segura de los respectivos casos a nivel empresarial, con todos los lineamientos documentados y actualizados para garantizar el debido proceso para cada una de las partes y la resolución expedita de los acontecimientos que se puedan llegar a presentar.

Otros consejos importantes son:

  • Supervisar el uso de computadoras corporativas, contar con las soluciones de seguridad el caso y en lo posible, contar con opciones como una VPN y firewall,
  • Bloquear la instalación de aplicaciones que no sean necesarias para ejecutar la actividad laboral,
  • Verificar los permisos de las aplicaciones instaladas, ya que el software para acosar a las víctimas puede disfrazarse bajo una app falsa con acceso sospechoso a los mensajes, registros de llamadas, localización y otras actividades personales. Por ejemplo, una aplicación llamada “Wi-Fi”, con geolocalización, es un candidato sospechoso.
  • Tapar la cámara web con un portento, calcomanía / sticker removible cuando esta no se encuentra en uso o apagar y cerrar el laptop cuando no lo vaya a usar. En el caso de los dispositivos móviles, dejarlos en un ángulo tal que no pueda grabar imágenes, videos o audios comprometedores cuando estén en desuso.

 

¿Qué hacer en caso de ser la víctima de ciberacoso laboral?

Ahora bien, desde la perspectiva del acosado o víctima, es bueno recordar que no se está solo, cuenta con el apoyo de recursos humanos, los lideres de la empresa, el comité de convivencia y hasta las autoridades (en caso que la conducta sea punible). Así las cosas, también se debe tomar acción, guardar las pruebas del caso e informar sobre el comportamiento del acosador a la empresa, a la propia plataforma (si se trata de una red social) y, de ser necesario, a los representantes de la ley localmente

Tal como lo dice Unicef: Para que el acoso se detenga, no sólo hay que detectarlo. Es fundamental denunciarlo. También puede ser importante mostrar al acosador que su comportamiento es inaceptable.

El acosado o víctima, en caso de sentirse abrumado y no saber qué hacer (porque muchas veces este proceso es largo y doloroso), puede acceder a las líneas de atención con personas capacitadas y expertas para tratar este flagelo que, en cualquier momento puede prestar su ayuda sin distinción de edad, genero, condición social ni ubicación geográfica.

En Colombia, hay varias líneas de contacto que funcionan 24 horas 7 días a la semana, como las siguientes:

  • 141 – Línea de protección a niños, niñas y adolescentes – icbf.gov.co
  • 311-766-8666 – Linea Salvavidas Para niños y jóvenes – sergiourrego.org
  • 106 – El poder se ser escuchado para todos – Bogotá D.C. – saludcapital.gov.co
  • 01800-112137 – Línea Púrpura Bogotá – sdmujer.gov.co
  • 333-033-3588 – Porque quiero estar bien

 

 

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