Udio y Suno son nuevas empresas de Inteligencia Artificial (IA) que permiten a las personas generar canciones con un sonido impresionantemente real, completas con instrumentación e incluso con interpretaciones vocales, a partir de indicaciones. Y el pasado lunes, un grupo de importantes sellos discográficos los demandó, alegando infracción de derechos de autor “en una escala casi inimaginable”, citando que las compañías sólo pueden hacer esto porque ingirieron ilegalmente monumentales cantidades de música protegida por derechos de autor para entrenar sus modelos de IA.
Vale la pena destacar que estas 2 demandas contribuyen a una progresiva cantidad de dolores de cabeza legales para la industria de la IA. Algunas de las empresas más exitosas en el espacio han entrenado sus modelos con datos adquiridos mediante la extracción no autorizada de cantidades masivas de información de Internet. ChatGPT, por ejemplo, se entrenó inicialmente con millones de documentos recopilados de enlaces publicados en Reddit.
Estas demandas, encabezadas por la Recording Industry Association of America (RIAA), abordan la música más que la palabra escrita. Sin embargo, al igual que la demanda del New York Times contra OpenAI, plantean una pregunta que podría remodelar el panorama tecnológico tal como lo conocemos: ¿pueden las empresas de Inteligencia Artificial simplemente tomar lo que quieran, convertirlo en un producto que vale miles de millones y afirmar que fue un uso legítimo? todo esto y más lo conocerá en este importante artículo.
La IA sigue en problemas legales: Udio y Suno fueron demandados
Tanto Udio como Suno son compañías relativamente nuevas, sin embargo, ya han causado un gran revuelo. ¿Por qué la industria musical está demandando a Udio y Suno? para responder a ello, debemos señalar que, las demandas de la Recording Industry Association of America (RIAA) usan un lenguaje altisonante, indicando que este litigio tiene como objetivo “garantizar que los derechos de autor sigan incentivando la invención y la imaginación humanas, como lo han hecho durante siglos”. Sin duda, esto suena bien, sin embargo, en última instancia, el incentivo del que se habla es el dinero.
La RIAA ha afirmado que la IA generativa supone un riesgo para el modelo de negocio de las discográficas, igualmente, está solicitando daños y perjuicios por valor de 150.000 dólares por cada obra infractora, lo que, dada la monumental cantidad de datos que regularmente se usan para entrenar sistemas de IA, viene siendo una cifra potencialmente astronómica.
¿Importa que las canciones generadas por Inteligencia Artificial sean similares a las reales?
Las demandas de la RIAA incluyeron ejemplos de música generada con Suno y Udio y comparaciones de su notación musical con obras existentes protegidas por derechos de autor. En algunos casos, las canciones generadas tenían pequeñas frases que eran similares, en otros casos, tenían secuencias extendidas de notación similar.
Esto parece bastante condenatorio, sin embargo, la RIAA no afirma que estas pistas sonoras específicas infrinjan los derechos de autor, más bien, asevera que las empresas de Inteligencia Artificial (IA) utilizaron música con derechos de autor como parte de sus datos de entrenamiento.
Es de aclarar que, ni Suno ni Udio han hecho públicos sus conjuntos de datos de entrenamiento. Y ambas empresas son vagas acerca de las fuentes de sus datos de capacitación, aunque eso es normal en la industria de la Inteligencia Artificial. (OpenAI, por ejemplo, ha eludido preguntas sobre si se utilizaron vídeos de YouTube para entrenar su modelo de vídeo Sora).
Las demandas de la Recording Industry Association of America, ha mencionado que la compañía entrena con música de “mejor calidad” que se encuentra “disponible públicamente” y, que un cofundador de Suno escribió en el Discord oficial de Suno, que la compañía entrena con una “mezcla de propiedad y datos públicos”.
Ahora bien, ¿es un uso justo?
Pero, como siempre hay un pero… incluso si Udio y Suno utilizaran las obras protegidas por derechos de autor de los sellos discográficos para entrenar a sus modelos, hay una gran pregunta que podría anular todo lo demás: ¿es este un uso legítimo?
El uso legítimo es una defensa legal que permite el uso de material protegido por derechos de autor en la creación de una obra significativamente nueva o transformadora. La RIAA argumenta que las nuevas empresas no tienen la capacidad de poder reclamar un uso legítimo, señalando que los resultados de Udio y Suno están destinados a reemplazar grabaciones reales, que se generan con fines comerciales, que la copia fue extensa en vez de selectiva y, finalmente, que el resultado producto representa una amenaza directa al negocio de las etiquetas.
Para algunos defensores de lo sucedido, las nuevas empresas poseen un sólido argumento de uso justo siempre y cuando las obras protegidas por derechos de autor solo se hayan copiado temporalmente y sus características definitorias se hayan extraído y abstraído en los pesos de un modelo de Inteligencia Artificial (IA).
Evidentemente, un juez o un jurado pueden no estar de acuerdo. Y lo que se descubra en el proceso de descubrimiento (si estas demandas llegan a ese punto) podría tener un gran efecto en el caso. Qué pistas de música se tomaron y cómo terminaron en el conjunto de entrenamiento podrían ser significativos, y los detalles sobre el proceso de entrenamiento podrían debilitar una defensa de uso legítimo.
Todo parece indicar que a la industria le espera un largo camino conforme las demandas de la RIAA y otras similares avancen por los tribunales. Desde textos y fotografías hasta grabaciones de sonido, la cuestión del uso legítimo se cierne sobre todos estos casos y sobre la industria de la IA en su conjunto.